Planes de Pensiones
Planes de Pensiones
21-12-2006
Los planes de
Pensiones nos permite restar de nuestros ingresos todo lo que aportemos al
plan, de forma que el ahorra fiscal variará entre el 15 y el 45% (43% a partir
del próximo ejercicio)
Esta reducción que
nos permite restar de nuestros ingresos todo lo que aportemos al plan, de forma
que el ahorro fiscal variará entre el 15 y el 45% (43% a partir del próximo
ejercicio).
La fiscalidad de los
planes de pensiones variará sustancialmente a partir del próximo ejercicio
fiscal (2007).
Los cambios más
importantes son:
1. Hasta el año 2006,
si las prestaciones del plan de pensiones se cobraban en forma de capital es
decir, se cobra todo lo aportado (más sus rendimientos) de una sola vez, se
obtenía una reducción del 40%.
Con la nueva Ley
desaparece está reducción, así pues las cantidades que se ingresen después del
31 de diciembre de 2006 no se beneficiarán de ninguna reducción y computarán
como rendimientos de trabajo íntegros. A las cantidades que se ingresen antes
de esa fecha y sus rendimientos sí se le aplicará la reducción del 40% si se
rescatan en forma de capital.
Con la reforma, los
herederos de planes de pensiones, al no tributar estos al impuesto de
sucesiones, deberán tributar por las cantidades heredas a su tipo marginal.
2. Por otra parte,
varían los límites de aportación a los planes, estableciendo dos únicos
límites, 10.000 euros hasta los 50 años y 12.500 a partir de esa edad.
Además se ha impuesto
un límite porcentual, de modo que las aportaciones no pueden superar el 30% de
las rentas activas (trabajo y actividades económicas) y del 50% en caso de
mayores de 52 años.
3. El límite es
conjunto para las aportaciones individuales y para las que la empresa realice
por el trabajador a un plan de empleo. Con la legislación que existía hasta
ahora si el trabajador tenía un plan de pensiones en la empresa los límites se
duplicaban.
4. Es posible
continuar haciendo aportaciones al plan de pensiones después de la jubilación y
desparece la obligatoriedad de rescatar el plan antes de que transcurran seis
meses del momento de la jubilación.
El tratamiento fiscal
de los planes de pensiones empeora considerablemente. Así pues, puede ser
interesante aprovechar este año ingresando el máximo que se pueda, ya que en
caso de superar los límites, el importe que no se reduzca en 2006, podrá
reducirse de la renta de los 5 ejercicios siguientes, sin tener en cuenta los
nuevos límites porcentuales que entrarán en vigor el 1 de enero.
A pesar de todo ello,
y de que no debemos olvidarnos de las ventajas de los planes de pensiones, tampoco debemos engañarnos. Con los planes de pensiones lo
que logramos es un diferir el pago del impuesto, es decir, no es que no
paguemos por esos ingresos que hemos obtenido, si no que tributarán como ingreso
(rendimientos de trabajo) en el futuro, cuando cobremos nuestro plan de
pensiones.